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DESESTIMACION DEL RECURSO DE JUSTICIA Y SOCIEDAD CONTRA EL ARCHIVO DEL "CASO SALMÓN"

sábado, 18 de julio de 2009

Hay cosas que no puedo entender, y el no entender algo me genera una situacion de desasosiego francamente desagradable. Que se traslade a la opinion publica aqui en Canarias la imagen de impunidad más absoluta de los actos de determinados "personajes" es de esas cosas que me generar desasosiego. Se desestima el Recurso de Apelacion que nuestra Asociacion, Justicia y Sociedad, interpuso frente al Auto de sobreseimiento provisional de la causa seguida contra el Vicepresidente del Gobierno de Canarias, el tan sonado "caso salmon". La noticia, por otro lado, se publica en el dia de hoy en los medios de comunicacion, entre los que extraigo el resumido articulo del diario La Provincia, y el no menos interesante, publicado en Canarias Ahora.

Del contenido del Auto, leido por quien suscribe en su integridad, y que se puede encontrar colgado en la pagina del Diario Canarias Ahora, no puede desprenderse más de lo que ya he señalado, puesto que en su practica totalidad para la valoracion de lo acontencido, se remite al Auto de Sobreseimiento recurrido, y este último, a mi juicio, solo denota lo que ya he mencionado con anterioridad asi como en otros post sobre el particular: que en estas islas, según quien seas, la prueba es susceptible de ser valorada de formas muy diversas. Y se que es duro lo que digo, y se que puede acarrear consecuencias, pero ya esta bien de estar callados, por lo que podría pasar, por que es este silencio el que permite que pasen determinadas cosas.

Enlazo el contenido de esta resolucion con lo que los mismos medios de comunicacion han publicado en relacion a la investigacion seguida contra el Presidente de la Comunidad Valenciana. En el mismo supuesto, una causa por cohecho, se ha acordado seguir el procedimiento por los cauces del Juicio con Jurado, hecho que deniega el Juzgado en el asunto que tratamos; se ha entendido que existen indicios delictivos más alla de las justificaciones del imputado y sus testigos, cuando en este, segun señalaba el propio Auto de Sobreseimiento, ha sido suficiente para la Instructora "las justificaciones del imputado, que considera razonables". Por que, las valoraciones juridicas desde la soledad de un unico supuesto pueden entederse por quien quiera entenderlas (para los demás nos queda solo el derecho al pataleo) pero cuando hay punto de comparacion posible, los argumentos se desmoronan, entiendase que me refiero a los argumentos utilizados en ambos casos para dar carpetazo a asuntos de tal gravedad que deberian ser dura y contundentemente sancionados, no solo social, sino judicialmente. Entiendase que comento lo anterior sobre la base de mi mas profundo respeto hacia el derecho constitucional a la presuncion de inocencia, pero entiendase tambien que, dado el conocimiento que tengo del supuesto y de los indicios de criminalidad que se evidencian en las actuaciones, el archivo y la desestimacion del recurso aparentan lo que aparentan y no dan precisamente al publico en general una imagen clara de lo que deberia ser la imparcialidad de la Justicia.

Saludos rosaditos

RECURSO CONTRA EL AUTO DE ARCHIVO DEL "CASO SALMON"

martes, 2 de junio de 2009

Aqui les dejo la noticia, publicada ya hace unos dias (disculpen el retraso) sobre el Recurso de nuestra Asociacion frente al archivo de la querella presentada contra el actual Vicepresidente del Gobierno (con perdon) de Canarias. Lo publica Canarias Ahora.

La asociación de juristas Justicia y Sociedad presentó este jueves su recurso de apelación al archivo por parte del TSJC del caso salmón. Los representantes de la acusación popular en la investigación por cohecho al presidente del PP, José Manuel Soria, solicitan en su recurso la nulidad del auto de archivo dictado por la magistrada Margarita Varona, por infracción legal en el mismo.

El recurso presentado por Justicia y Sociedad considera el archivo del caso salmón nulo de pleno derecho, por incurrir en la causa de nulidad prevista en el artículo 283.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que recoge dicha nulidad "cuando se prescinda de normas esenciales del procedimiento, siempre que, por esa causa, haya podido producirse indefensión".

La asociación de juristas motiva, en este sentido, su recurso de apelación por la supuesta infracción cometida en el auto de Margarita Varona, por la falta de aplicación de la Ley del Tribunal del Jurado, al existir indicios racionales de criminalidad de haberse perpretado un delit de cohecho por parte de José Manuel Soria.

Para Justicia y Sociedad es "incuestionable" que Margarita Varona debió, después de la segunda declaración de José Manuel Soria el 4 de mayo pasado, "ajustarse a los preceptos de la Ley del Tribunal del Jurado", incoando un procedmiento para el juicio con jurado y convocando a todas las partes, "incluso solicitando nuevas diligencias de investigación, si í conveniere, adoptar la decisión de continuar el procedimiento o acordar el sobreseimiento".

Indefensión al omitir el trámite de audiencia previa

La asociación de juristas estima que la instructora omitió "trámites esenciales de comparecencia y audiencia previa antes de dictar el auto" de archivo del caso, por lo que causó "indefensión, cuando menos, a esta acusación popular, y en su caso, al Ministerio Fiscal, al no poder exponer, antes de dicho auto, los motivos por los cuales se debe continuar el procedimieno y no sobreseer el mismo".

También apunta Justicia y Sociedad que su indefensión queda manifiesta por no haber respondido la magistrada al recurso en reforma de la denegación de la práctica de diligencias de prueba en la persona de Concepción López Vega, directora financiera del departamento de contabilidad del Grupo Anfi, para corroborar todos los pagos efectuados por la empresa al actual secretario general del PP, Manuel Fernández, también imputado en el caso por negociación prohibida a funcionario público.

La instructora valora los hechos probados como si fuera un juicio oral

Para Justicia y Sociedad, el auto de la magistrada instructora del TSJC entra a valorar los indicios racionales de criminalidad acreditados, "que son más propios de un órgano sentenciador después de haberse practicado toda una prueba en un juicio oral y público cn todas las garantías".

ENTORNO CULTURAL Y ABUSOS SEXUALES

sábado, 2 de mayo de 2009

Publica la noticia que transcribo en el dia de hoy el diario El Pais, y como en otras muchas ocasiones no se como tomarmelo, sobre todo, como tambien he repetido mas de una vez, al no tener el texto integro de la sentencia en cuestion para hacer una valoracion completa.

Sabemos que la mezcla de culturas en nuestro pais es un hecho pero, puede servir esta diferencia cultural para rebajar la pena de un delito tipificado en nuestro Codigo Penal?? Este tipo de cuestiones me generan mas dudas que soluciones.

Lizbeth tenía 11 años y ocho meses cuando en 2004 empezaron sus relaciones sexuales completas con Rolando Remigio C. I., de 23 años. Duraron entre 12 y 16 meses. Ella vivía en Valencia, él, en Madrid y llevaba al menos siete años en España. Los dos son ecuatorianos. Se veían en hostales y hoteles. Cuando ella temió estar embarazada, se escapó de casa, le pidió ayuda y él la invitó a ir al domicilio que compartía con su madre en Getafe. La Audiencia Provincial de Valencia juzgó los hechos que la Fiscalía calificó de delito de abuso sexual continuado y solicitó ocho años de prisión. La sala impuso sólo dos años de cárcel. Ahora, el Tribunal Supremo desestima el recurso del ministerio público y no sólo confirma esa pena sino que incluye dos votos particulares, de los magistrados Joaquín Delgado García y Perfecto Andrés Ibáñez, en los que proponen la absolución porque el procesado no sólo no sabía sino que no pudo saber que cometía un delito al abusar de la menor. La Fiscalía de Valencia estudia ir al Tribunal de La Haya.

"Solían verse al menos una o dos veces al mes, manteniendo con regularidad relaciones sexuales consentidas, con penetración vaginal. El procesado era conocedor de la edad que tenía Lizbeth, aunque desconocía que ese acto pudiera ser delictivo". Así lo recogió la sentencia de la Audiencia de Valencia y lo reproduce la dictada recientemente por el Tribunal Supremo. Y añade que "Lizbeth aparenta una edad superior a la biológica y posee una marcada personalidad".

Los hechos no están en discusión. Los abusos sexuales continuados por parte de un adulto de 23 años a una menor de 11 existieron. Tampoco está en discusión que la familia de la pequeña no lo supo hasta que ella se escapó de casa creyendo que estaba embarazada, acto que contó con el auspicio de Rolando Remigio. "El 10 de enero de 2006, creyendo Lizbeth que estaba embarazada, telefoneó a su novio y le comunicó que se iba de casa por temor a sus padres, como ya había hecho en otras ocasiones, diciéndole el acusado que podía ir a Madrid, accediendo a ello y quedando en recogerla en la estación de autobuses".

En discusión estuvo la gravedad de los hechos. Para la Audiencia Provincial entonces, y para el Supremo ahora, el hecho de que Rolando Remigio hubiera llegado a España siete años antes desde una zona de la selva ecuatoriana en cuyo entorno cultural era presuntamente habitual tener relaciones con menores ha sido suficiente para imponerle una pena que le ha librado de la prisión. Es decir, ambos tribunales han estimado lo que técnicamente se define como "error de prohibición vencible". No sabía que lo que estaba haciendo era un delito, aunque pudo haberlo sabido. Y son los magistrados Delgado García y Andrés Ibáñez quienes van más allá y tipifican ese error de "invencible", por lo que en su voto particular piden la absolución del procesado. Argumentan que no se ha tenido en cuenta el principio de "in dubio pro reo" (en caso de duda, a favor del reo). Para ellos, es determinante el hecho de que no se sepa exactamente el día de nacimiento de Lizbeth, por lo que podía tener ya 12 cuando se iniciaron las relaciones; y que se desconoce cuándo el procesado salió de la selva, si lo hizo a una ciudad de Ecuador o directamente a España. Consideran que es importante porque sustancia la percepción de los hechos que Rolando Remigio tenía de la realidad de la que participaba.

El Ministerio Fiscal presentó un recurso, ahora tumbado, que pretendía dar respuesta a esas y otras dudas. El ministerio público fijó la fecha de nacimiento de la menor el 8 de abril de 1993 y en 11 años y ocho meses cuando inició las relaciones sexuales con el procesado. Considera, además, que sin duda es un delito continuado de abuso sexual y que además se cometió un delito de inducción al abandono del hogar. Para el fiscal quedó claro en la vista que Rolando Remigio sabía perfectamente la edad de la menor, que se formó y educó en España y por tanto no puede sostenerse la ignorancia sobre el delito que cometía, y que es falso que en su cultura natal sea pauta cotidiana un hecho como el que se le imputa. El ministerio público reproduce la legislación civil y penal al respecto en Ecuador, tanto o más restrictiva en materia de menores como la española, llegando a calificar de violación un acceso carnal completo con una menor de 12 años.

Para el fiscal, el propio Tribunal Supremo ha sido claro en la jurisprudencia en la invocación del "error de prohibición vencible". Entiende que el procesado, por sentido común, debió saber que cometía un delito, pero además pudo, sin duda, saberlo.


SANCION DEL CGPJ POR RETRASOS INJUSTIFICADOS

Este es otro de los debates de los que se habla con la boquita chica no vaya a ser que a alguien le de por arreglar el esperpento de nuestra Administracion de Justicia.

Hace no mucho comentaba una compañera que habia recibido en su despacho una comunicacion inesperada: Le avisaba su procurador que habia recibido una llamada del Magistrado de un Juzgado de Primera Instancia disculpandose por el retraso en dictar una sentencia, y excusando el retraso en la ingente cantidad de trabajo que tenia dicho juzgado. La verdad es que en ese momento me parecio mas un intento desesperado del Magistrado en cuestion de librarse del inicio de un expediente de queja que otra cosa, y aqui esta la prueba.

Nuestro CGPJ hace poco, pero algo hace en este aspecto, aunque los justiciables y los Letrados tengamos que seguir padeciendo un problema que parece que nadie le quiere encontrar solucion. En cualquier caso, y para el que este pensando que en Canarias la situacion es insostenible, la que suscribe, que ha actuado en mas de un Juzgado foraneo, puede decir sin temor a equivocarse que en Canarias la situacion esta razonablemente controlada en comparacion con otras comunidades, y que nadie me apedree por decir esto.


(EP).-El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sancionará hoy previsiblemente a propuesta de su Comisión Disciplinaria a dos jueces por los retrasos injustificados de sus respectivos juzgados. Se trata del titular del Juzgado de primera instancia Número Cuatro de Madrid, Joaquín Ebile y el titular del Juzgado de lo Penal Número Uno de Gandía (Valencia), Rafael Sempere Domenech.

Según informaron fuentes del Consejo, ambos habrían cometido una falta grave de desatención en sus juzgados por numerosos retrasos injustificados.

Fue el pasado 20 de enero cuando la Comisión Disciplinaria del Consejo acordó abrir un expediente disciplinario por este motivo a Ebile, quien ya acumula otros dos expedientes por el mismo motivo, informaron fuentes jurídicas.

De hecho, una semana antes esta misma Comisión devolvió al instructor el segundo expediente disciplinario incoado en contra de este magistrado por entender que los retrasos que presentan su juzgado merecen una sanción más dura que los 2.500 euros de multa planteados inicialmente por el instructor de este asunto.

Ebile, de origen guineano, adquirió cierta notoriedad mediática en 2005 al conceder una indemnización al ex propietario del Banco de Valladolid que por error cifró en más de mil billones de euros. Los vocales acordaron que se le sancione por una falta muy grave (lo que puede conllevar su suspensión o incluso su separación de la carrera), en vez de por una infracción grave, tal y como planteaba el expediente remitido a la Comisión Disciplinaria del órgano de gobierno de los jueces.

En este caso, la Fiscalía defendía la imposición a Ebile de una multa de 3.000 euros, mientras que los Servicios de Inspección del órgano de gobierno de los jueces proponían que la sanción fuera de 2.500 euros. La decisión final sobre este caso, al tratarse de una falta muy grave, será cosa ahora del Pleno del CGPJ, según indicaron hoy fuentes de este órgano.

El pasado mes de diciembre, la Comisión Disciplinaria acordó la incoación de otro expediente disciplinario contra Ebile, cuya tramitación aún no ha concluido, al estimarse "muy llamativa" la pendencia que acumula este juzgado, que en el caso del dictado de algunas sentencias alcanza un retraso de más de tres años.

"MIL BILLONES" POR UNA ERRATA

Este juez se dio a conocer en enero de 2005 cuando tuvo que rectificar un auto en el que ordenaba que el Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios indemnizara al ex dueño del Banco de Valladolid, Domingo López Alonso, con "mil billones de euros" en lugar de "1.021.877.955,54 euros".

Según explicó el Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en dicha ocasión la "errata" se debió porque en su auto el juez añadió a la cifra la expresión "millones de euros" cuando debía haber escrito "euros".

RECURSO DE AMPARO Y SILENCIO ADMINISTRATIVO

La noticia, mas que noticia, es esquema, eso no podemos negarlo para lo que se podria profundizar en el tema. No tanto por el hecho de la admision a tramite del Recurso que se comenta, que finalmente son cuestiones procesales y en el proceso se ha de dilucidar, sino por el trasfondo del origen del conflicto, que solo se insinua y que entiendo (y que no se me vea morbosa) que deberia haberse expuesto con mas detalle. Y es que la permisividad para con Jueces y Magistrados para el ejercicio de esta nuestra profesion, ha supuesto un debate etico en algunos grupos (evidentemente minoritarios) que consideran que no deberia estar permitido a profesionales que ostentan o han ostentado cargos en la judicatura. Pero esta claro, a tenor de lo que leemos, que ese debate va a seguir quedando relegado hasta el fin de los tiempos, y se quedara en cabreos en petit comite y hablando bajito entre compañeros que, probablemente, nunca tengan la posibilidad de obtener los beneficios que puede generar el abrir un despacho con la publicidad previa de haber sido Juez o Magistrado (o de tener alguno en la familia). Suena la cosa tan fea que es mejor no mencionarla mucho.

Aqui les dejo la noticia publicada en el Boletin de Westlaw de Aranzadi.


(EFE).-El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por el letrado murciano José Luis Mazón que tiene su origen en la denegación por silencio administrativo de su solicitud de cese por presunta incompatibilidad del magistrado Eugenio Gay.

Mazón dijo ayer a EFE que acudió al TC en amparo después de que el Tribunal Supremo inadmitiera el recurso contencioso-administrativo que formuló contra el silencio del máximo intérprete de la Constitución.

El letrado añadió que "el Constitucional no respondió de ningún modo a la petición de investigación y cese del magistrado Gay Montalvo, faltando así a las prescripciones de la ley reguladora del derecho de petición, que le obliga a acusar recibo e informar de la tramitación que seguirá, en su caso, toda petición".

"Curiosamente, añadió Mazón, la Sala Tercera del Supremo no admitió el contencioso alegando que no era actividad administrativa impugnable la falta de respuesta de la presidenta del TC a una petición que se regulaba por la ley del derecho de petición y por la propia ley del Tribunal Constitucional".

El letrado concluyó que "no se conocen precedentes de admisión de un recurso de amparo contra la propia administración del TC y menos por una petición de investigación del calado de ésta, relativa al código ético de los magistrados".

En su escrito al Constitucional, que no obtuvo respuesta, José Luis Mazón pidió que se investigara si Gay utiliza supuestamente su condición de magistrado en beneficio de su bufete de abogados.

En la resolución por la que se admite el recurso de amparo, el Constitucional ha requerido al Tribunal Supremo para que en el plazo de diez días le remita testimonio del recurso contencioso- administrativo, y al abogado del Estado para que en el mismo plazo pueda comparecer "si lo estima pertinente".

EL SUPREMO RECHAZA CONDENAR LA UTILIZACION DE MENORES EN LA VENTA DE ESTUPEFACIENTES CUANDO ESTOS CONSIENTAN

miércoles, 15 de abril de 2009

Y ante esta noticia, puesto que no he leido la Sentencia completa con la motivacion juridica correspondiente, me abstendre de hacer comentarios.

EP).-El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Córdoba en junio de 2008, que absolvió a un vendedor de droga de un delito contra la salud pública con utilización de menores. Por medio de una sentencia hecha pública hoy, el alto tribunal descarta aplicar este agravante penal en los casos en los que este uso sea consentido por el menor.

"Cuando la relación entre los sujetos es la de coautoría o la de participación del menor en el delito del mayor, no puede decirse que éste es utilizado", explica la sentencia en la que se aclara que "donde hay acuerdo de voluntades libre y consciente, en la medida que tal libertad de lugar a responsabilidad penal de cualquier clase que sea incluyendo la responsabilidad penal del menor de 18 años, no cabe hablar de utilización".

Para zanjar el debate, el Tribunal Supremo recuerda además el acuerdo adoptado en sesión no jurisdiccional el 26 de febrero de 2009 en el que estimó que el delito de utilización de menores sólo sería aplicado "cuando el autor se sirva de un menor de edad o disminuido psíquico de un modo abusivo y en provecho propio o de un grupo prevaleciéndose de su situación de ascendencia".

Los hechos se remontan a la noche del 18 de noviembre de 2007 en la localidad de Castro del Río (Córdoba), cuando un drogodependiente contactó con el vendedor para adquirir cocaína. Una vez entablado el acuerdo, el traficante le mandó al menor con la mercancía para que se la entregase y a cambio recibiese el dinero pactado (120 euros). En el mismo momento en el que el joven --llamado Iván y de 16 años de edad en ese momento-- se encontraba haciendo entrega de la cocaína acordada al consumidor, ambos fueron sorprendidos por dos agentes de la Policía Local.

La Audiencia Provincial de Córdoba condenó en junio de 2008 al vendedor de la droga a cuatro años de cárcel por un delito contra la salud pública, pero le absolvió del delito de utilización de menores tal y como solicitaba la Fiscalía, que, en consecuencia, recurrió ante el Tribunal Supremo.

Ante esto el alto tribunal admite que su doctrina al respecto del delito de utilización de menores "no ha estado exenta de diversidad de criterios" y cita varias sentencias pasadas --la primera de 1997-- en las que ya se discutió el uso de niños de hasta 5 años para vender droga. No obstante el alto tribunal acota el debate estableciendo la distinción entre aquellos menores que actúan en "relación vertical" con un mayor de edad o aquellos que operan en una "relación horizontal".

EL MENOR, IMPUTADO EN OTROS DIEZ CASOS

En este sentido, la resolución recuerda que en el presente caso "es el mayor de edad el que llama al menor para que colabore en su operación de venta de droga y se añade que no consta probado si el menor conocía la naturaleza de lo que encargo transportaba, pero sí que ha estado imputado al menos en diez procedimientos por infracciones penales de diversa naturaleza".

"Así pues, no existe ni atisbo de prevalecía ni comportamiento abusivo del que fuese fruto la colaboración del menor, pese a que este pudiera ser provechoso para el penado, de no ser porque la entrega fue abortada por la presencia policial", añade la resolución --de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela-- en la que se desestima el recurso presentado por la Fiscalía confirmando la sentencia de instancia.

En la actualidad, Iván se encuentra internado en el Centro De Menores Infractores 'Medina Azhara' de la Dirección General de Reforma Juvenil de la Junta de Andalucía por otros hechos distintos a los enjuiciado en este caso.

"TENEMOS UN SISTEMA PUNITIVO TAN DURO QUE NO ES NECESARIO ENDURECER LAS PENAS"

Y por esas casualidades que tiene la vida, encuentro en el boletin de noticias de la base de datos Westlaw de Aranzadi, la siguiente noticia relativa a las declaraciones de la Portavoz del Consejo General del Poder Judicial en relacion a una posible modificacion del Codigo Penal para el endurecimiento de penas.

(EP).-La portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Gabriela Bravo, rechazó a título personal que deba procederse a una reforma del Código Penal dirigida a implantar la cadena perpetua, puesto que entiende que el sistema punitivo español "es uno de los más duros de toda Europa" y a su juicio no necesita modificación alguna.

"Nuestro sistema punitivo, en el que no existe la cadena perpetua, es uno de los más duros de toda Europa, y a ello han contribuido las diversas reformas del Código Penal de 1995", indicó Bravo en una entrevista concedida a Europa Press.

Explicó que en nuestro país se pueden cumplir penas de cárcel de hasta 40 años, mientras otros países de nuestro entorno, donde está vigente la cadena perpetua, estas penas son revisadas partir de los 20 o 30 años "y normalmente se extinguen". "Tenemos un sistema punitivo tan duro que no necesita modificación alguna", subrayo la portavoz del CGPJ.

A su juicio, la cadena perpetua tiene difícil encaje en la Constitución Española, cuyo artículo 25 proclama que "las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social".

MEDIACIÓN.

Preguntada por las reclamaciones realizadas desde algunos sectores del Consejo para la despenalización de conductas penales leves (faltas), dirigidas a reducir el alto nivel de litigiosidad en España, la portavoz del CGPJ admitió que no existe ningún estudio concreto sobre aquellas materias que deberían despenalizarse.

"Es obvio y está en el sentir de muchos juristas que quizá alguna parte de los pequeños conflictos de la vida diaria deberían sustraerse del ámbito judicial y resolverse por otras vías alternativas, siempre garantizando el derecho de las partes de forma que fuera mucho más resolutivo", admitió.

No obstante, indicó que dentro de la 'Hoja de Ruta' diseñada por el Consejo para la modernización de la justicia éste es un aspecto "que aún no está desarrollado".

"Es verdad que en nuestra 'Hoja de Ruta' de ruta abogamos por impulsar la resolución de los conflictos por vías alternativas, y creemos que es necesaria en nuestro sistema judicial una ley de mediación tanto civil como penal".

Según Bravo, la mediación es "un sistema idóneo para, en primer lugar, recuperar el protagonismo de las partes y también para lograr la resolución de los conflictos desde el análisis de los mismos, primando la voluntad de los implicados en el conflicto". Aludió que se trata de un asunto "muy importante para fomentar la convivencia".

Por otra parte, la portavoz del Consejo se refirió a los planes del Ministerio de Justicia para "desjudicializar el Registro Civil"

El propio titular de Justicia, Francisco Caamaño, ha señalado que existen materias en el ámbito del Registro Civil que deberían ser sustraídas de la función judicial por su carácter puramente administrativo."Estas medidas conseguirían descargar de trabajo a los jueces, que podrían centrarse así en su función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado", estima Bravo.

Por otra parte, Bravo eludió profundizar sobre si es necesario modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en lo relativo al Consejo, con el fin de evitar que se repita la situación del anterior órgano, cuyos vocales permanecieron en funciones más de dos años.

"Si se tiene que quedar la norma como está o hay que iniciar los trámites para una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ese es un asunto corresponde al legislador -dijo-. Es importante que los grupos parlamentarios hagan un esfuerzo por, una vez llegado el momento en que ha expirado el plazo, en el menor tiempo posible pueda ser sustituido".

REUNIÓN CON EL MINISTERIO

Por último, Bravo se refirió a las próximas reuniones del CGPJ con el Ministerio de Justicia y los responsables de las comunidades autónomas con competencias en este ámbito.

"Después de Semana Santa se convocará una nueva reunión con el Ministerio, y se van a analizar todos los pasos a seguir para avanzar en la reestructuración de la Administración de Justicia", indico.

También esperan que desde el Ministerio se les informe de la tramitación parlamentaria de la Ley para implantar la nueva oficina judicial, sobre la que pivota todo el proyecto de modernización. "Esperamos que la nueva Oficina Judicial este en marcha a partir de 2010", indicó la portavoz del órgano de Gobierno de los jueces.

Finalmente, se refirió al diálogo abierto con el Ministerio y las comunidades autónomas para avanzar en la "ínter conectividad entre las diversas aplicaciones informáticas" que se utilizan en los distintos juzgados españoles.

ENDURECER LAS PENAS

Colgaba hoy un amiguete del Facebook (si, yo tambien he sido abducida por las redes sociales y estoy encantada) el articulo de opinion que transcribo a continuacion publicado en el periodico la Vanguardia y, aunque ha sido un tema en el que no he pensado demasiado ultimamente, si que me ha parecido muy interesante el punto de vista que expone desde la base de la comparativa de la penalidad en el sistema español y en el comparado.

Comenta el articulo, con razon bajo mi punto de vista, que cada vez aparecen mas en los medios de comunicacion (y esos medios de comunicacion cada vez me parecen mas amarillistas) familias destrozadas por el dolor de una perdida, por haber sido victimas de un delito, que piden a gritos el endurecimiento de las penas en nuestro pais. Tambien han proliferado como hongos los politicos sin principios que jalean y arropan estas solicitudes (hablo principalmente de la cadena perpetua) en busca de no se que reditos o beneficios.

Aqui les dejo estas notas para la reflexion y para la meditacion tranquila de la realidad de nuestro sistema y de la procedencia de lo que se solicita.


Leía el otro día en el blog de un admirado colega, que últimamente se ha instaurado la tradición de que los familiares de víctimas de delitos graves visiten La Moncloa, para solicitar que se endurezca la pena correspondiente a esos delitos. Parece que se instala la idea de que las leyes penales no deben dictarlas representantes que actúen con calma y atendiendo al bien común, sino personas heridas, bajo el influjo de la ira y la indignación.

A raíz de una de esas visitas ha surgido una sorprendente iniciativa a favor de la implantación de la cadena perpetua, aduciendo algunos de sus voceros que es una pena "asumida en la Europa democrática". Al parecer, nuestro sistema penal sería demasiado blando, y nos tendría a los ciudadanos desprotegidos.

El debate, como casi todos los debates de Política Criminal de los últimos años en España, es de una ramplonería pasmosa. ¿Ignorarán sus promotores que la duración media de las cadenas perpetuas en "la Europa democrática" es muy inferior a la que prevé hoy la ley española para los mismos casos (hasta 40 años para casos de varios asesinatos agravados o de asesinatos terroristas, sin práctica posibilidad de semilibertad o acortamiento de la pena)? ¿Desconocerán la realidad de nuestro sistema penitenciario?

No parece tratarse de desconocimiento. Este tipo de iniciativas tienen "gancho" periodístico (y, lo que es peor, electoral) y por ello son alentadas por ciertos medios y partidos políticos: primero se excitan los sentimientos sociales de indignación y posteriormente se ofrece una supuesta salida a la tormenta emotiva y vindicativa previamente desatada: la cadena perpetua. Y entremedias, a río revuelto, ganancia de periódicos amarillistas y políticos irresponsables.

A riesgo de resultar anticuado, permítanme acercarme al tema desde algunos datos objetivos.

España encabeza el ranking de dureza penitenciaria de Europa Occidental. Con 74.465 presos (161 por cada 100.000 habitantes), nos hemos ganado el dudoso honor de campeón penitenciario de la UE.

Este primer puesto en el podium de la represión penal no es producto de un simple sprint final, sino de una carrera de fondo. En 1990 nuestras prisiones albergaban 33.035 personas. En 2009 hemos alcanzado la cifra de 74.465 personas. En dos décadas hemos multiplicado por 2"2 nuestra población penitenciaria.

¿Se debe al crecimiento demográfico? No: también en términos relativos se ha duplicado la proporción de población total que está encarcelada (de 89 a 161 presos por cada 100.000 habitantes).

¿Ha tenido lugar quizá un desatado incremento de la delincuencia? No: con la cautela que requieren los datos a los que podemos acceder, nuestras cifras de delincuencia evolucionan en términos similares a los de nuestro entorno. Algunos delitos han descendido notablemente, otros han aumentado, pero nada explica esta multiplicación de las cifras penitenciarias.

¿Es efecto del aumento de la población inmigrante, como con frecuencia se intenta hacer creer? Aunque la presencia dentro de la población inmigrante de personas sin arraigo personal, laboral ni familiar ha hallado reflejo en las cifras penitenciarias recientes, ello sólo puede explicar una fracción menor de este brutal aumento.

Entonces, ¿por qué se ha duplicado la población penitenciaria?

Fundamentalmente, porque las penas son cada vez más largas. Hoy cada condena por un concreto delito supone un internamiento más largo que hace veinte años. Ello se debe en parte al aumento de la duración nominal de las penas, y en parte a la desaparición de la "redención de penas por el trabajo", que reducía automáticamente las penas en 1/3 de su duración. Pero una de las causas más lamentables es la destrucción del sistema progresivo penitenciario mediante las reformas de 2003.

El sistema progresivo penitenciario pretende que las personas cumplan la fase final de su pena en paulatina aproximación a la libertad (semilibertad y libertad condicional): que no sean "arrojadas" a la vida en libertad el último día de su condena sin trabajo ni perspectivas, sino que realicen un "aterrizaje suave" que les permita ir ganando arraigo laboral, social, etc. Hoy, sin embargo, la mayoría de la población penitenciaria está excluida de este sistema progresivo: sus condenas se cumplen enteras en prisión, debido a los obstáculos que se han puesto para acceder a la semilibertad y a la libertad condicional. Por ello, la estancia penitenciaria a la que obliga cada condena es más larga.

Así pues, nuestro sistema penal, lejos de pecar de "demasiado blando", es el que en la práctica impone más penas de prisión –y las más largas- de entre los países de nuestro entorno. Y ello, sin que nuestras cifras de criminalidad destaquen entre las de la UE. Entonces, ¿por qué surgen ahora estas campañas a favor del endurecimiento del sistema penal, que prescinden de los datos reales? ¿Qué objetivos persiguen? ¿A qué interés sirve una Política Criminal que no atiende a datos objetivos, sino que prescinde de ellos cuando no encajan con cierta posición ideológica?

EL PRESIDENTE DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERIA CONSIDERA QUE SOLO EXISTE VIOLENCIA DE GENERO EN PAREJAS DE LESBIANAS

Esto es lo que se publica en el dia de hoy en el diario Publico. No comment

¿Se debería considerar un caso de violencia de género la agresión de un homosexual a su pareja? La ley, según el colectivo de gays y lesbianas, no les ampara, por lo que hoy han pedido un cambio en la legislación. Más leña al fuego le ha echado Benito Gálvez, presidente de la Audiencia Provincial de Almería, cuando ha establecido una diferencia entre homosexuales hombres y mujeres.

Gálvez ha dicho que el asesinato de un homosexual en Adra por parte de su ex marido no puede tramitarse como un caso de violencia de género, algo que ocurriría en cambio si la pareja hubiera estado compuesta por mujeres.

Las reivindicaciones de COLEGAS y las declaraciones del juez se producen un día después del asesinato de Manuel, funcionario del citado ayuntamiento almeriense. Hacía dos meses que había puesto fin a una relación sentimental con un ciudadano marroquí, que presuntamente le asestó una puñalada que le causó la muerte. El ex marido se suicidó tras el crimen.

Gálvez ha considerado que, a efectos legales, este caso no podría tramitarse por un juzgado específico de violencia de género. Sin embargo, el colectivo homosexual ha insistido en que la legislación en la materia no les protege, una opinión que no comparte Miguel Lorente, delegado del Gobierno para la Violencia de Género.

Lorente, aunque reconoce que en estos casos no se aplica la ley, asegura que sí están protegidas. "Es verdad que no tienen los mismos recursos porque estamos hablando de una violencia distinta y eso significa que podamos mejorarlo. Se analizará en el contexto de otra normativa".

El asunto, según Gálvez, se enjuiciaría en este sentido como un delito ordinario contra la vida. Aunque ha reconocido que el crimen merece un estudio profundo que señalara la vía judicial más adecuada para su tramitación.

Violencia doméstica, violencia machista y violencia...

121 personas murieron en 2008 víctimas de la violencia de género (que se desarrolla en el ámbito de la relación de pareja y ex pareja) y de la violencia doméstica (hijos, hijas, madres, padres, abuelos y abuelas, entre otros). 90 de los fallecidos eran mujeres y, de éstas, 75 fueron asesinadas por sus parejas o ex parejas.

¿Dónde incluir entonces a las víctimas homosexuales? El colectivo gay y lésbico ha pedido, tras el crimen de Adra, su inclusión en la Ley Integral de Violencia de Género. A su juicio, no les protege, por lo que reclaman un cambio urgente de la normativa.

La violencia entre miembros de una pareja homosexual es, según ellos, una realidad invisible. "No podemos acogernos a la actual ley para obtener el alejamiento de nuestras parejas en caso de violencia [ni tenemos] acceso a centros de recogida", explica Rosa Ortega, vicepresidenta de COLEGAS.


CONDENADO A UN AÑO Y SEIS MESES EL EX PRESIDENTE DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LAS PALMAS

Tambien se publica en el dia de hoy la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por la que se condena, a la espera del Recurso correspondiente y de la subsiguiente firmeza, al que fuera Presidente de la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, y actual Magistrado Presidente (electo por el Consejo General del Poder Judicial, eleccion que ya publique en este blog hace unos meses) de una de las Secciones de esa misma Audiencia Provincial (me disculparan la mala memoria, pero no recuerdo el numero de la Seccion).

Les dejo aqui la noticia.

El ex presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas José Antonio Martín Martín ha sido condenado a un año y seis meses de suspensión y multa de ocho meses por un delito de actividades prohibidas a funcionarios al favorecer a un narcotraficante.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, hecha pública este miércoles , ha contado con el voto particular en contra de uno de los tres magistrados del tribunal, Javier Varona Gómez-Acedo, quien considera que su compañero no cometió delito alguno, aunque ha quedado probado que intercedió para la puesta en libertad del narcotraficante.

El otro acusado en esta causa, Wilebaldo Luis Yanes, ha sido condenado como cooperador necesario en el delito de actividades prohibidas a funcionarios públicos a ocho meses de inhabilitación para cargo público y a una multa de cinco meses con cuota diaria de 30 euros.

La sentencia considera probado que en el año 2005, cuando era presidente de la Audiencia, Martín Martín hizo varias gestiones para favorecer la puesta en libertad provisional de Rafael Bornia Bordón, quien después fue condenado en esa causa por tráfico de estupefacientes.

Tras descubrirse el delito en unas escuchas telefónicas, José Antonio Martín Martín fue apartado provisionalmente del cargo el 19 de enero de 2006 y posteriormente fue expedientado por el Consejo General del Poder Judicial, quien había dejado pendiente su resolución hasta la conocer la sentencia.

INADMITIDA A TRAMITE LA QUERELLA INTERPUESTA CONTRA LOS MAGISTRADOS INSTRUCTORES DEL "CASO FAYCAN"

Aqui les dejo la noticia publicada en el dia de hoy por diversos medios insulares, entre los que se encuentra Canarias Ahora, del que extraigo la misma.

Hay veces en que existe falta de rigor en los periodistas a la hora de utilizar la terminologia juridica, y como no he tenido las actuaciones en mis manos, no se si lo que se ha producido es el sobreseimiento provisional o libre de una denuncia, o se ha dictado un Auto de inadmision de una querella. Lo que si es cierto es que lo que queda a partir de ahora es el derecho al pataleo, perdon, al Recurso correspondiente.

EFE.
Las Palmas de Gran Canaria

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias no ha admitido a trámite la querella presentada contra el juez Javier García García-Sotoca por no haber actuado contra las continuas filtraciones del caso Faycán, según un auto hecho público este miércoles.

La querella estaba dirigida además contra la magistrada del Juzgado de Instrucción Número 6 de Telde, María de los Ángeles Zabala, a quien imputaban, al igual que a García, un delito de prevaricación, así como otro de falsedad documental y de violación del secreto de las comunicaciones.

Según el auto, la querella suscrita por la ex edil del PP de Mogán Onalia Bueno, Jesús Sánchez Vega, Alexis Martín Rodríguez y Miguel Ángel Martín del Rosario, se basa en "meras subjetivas interpretaciones de la actuación judicial", por lo que "no puede prosperar".

En los razonamientos jurídicos del auto se rechazan también las presuntas irregularidades que se ponen en conocimiento en la querella sobre la actuación del juez del Juzgado de Instrucción Número 6 de San Bartolomé de Tirajana en el caso Góndola y del titular del Juzgado de Instrucción Número 3 de Las Palmas de Gran Canaria.

En este sentido, aclara que se rechazan las denuncias de las supuestas irregularidades por ser improcedentes ante esta jurisdicción penal.

En la querella, presentada el pasado 11 de marzo, se imputaba al juez García la presunta comisión de los delitos de infidelidad en la custodia de documentos y de prevaricación judicial, que se consideran que cometió al no haber actuado contra las continuas filtraciones producidas a la prensa tanto de las actuaciones judiciales llevadas a cabo por su juzgado y como de documentos presentados.

También se le imputaba la "destrucción, ocultación o sustracción" del recurso de reforma presentado por la defensa del ex alcalde del PP Francisco Valido contra una resolución solución judicial y la falsedad en la narración del lugar de custodia de la agenda de la ex edil también del PP María Antonio Torres, que también fue filtrado a la prensa, según el escrito de la querella ahora rechazada.

PROTECCION JURIDICA FRENTE A UNA MASACRE

domingo, 25 de enero de 2009

Leo hoy en el diario Publico que ha sido aprobada por el Consejo de Ministros israelí una iniciativa para dar respaldo y apoyo jurídico a los militares y altos mandos que participaron en la "incursión de Gaza" para el supuesto de que sean denunciados ante organismos penales internacionales por estos hechos.

Lo que me resulta llamativo no es el hecho de que un estado de respaldo a las actuaciones de sus militares cuando dichas actuaciones fueron ordenadas por ese mismo estado, que hasta ahí podríamos llegar, sino el hecho de que se preparen ya para acciones penales frente a dichas actuaciones, lo que dice mucho de la firmeza en la creencia de la justicia de dicho ataque. Por que, vamos a ver, en palabras llanas. si has hecho lo que has hecho guardando para ello las garantias establecidas por la normativa internacional para hacerlo, si lo que has hecho estaba justificado... a que viene este respaldo incondicional que por otro lado no has demostrado en otras incursiones tanto o mas violentas que esta??

Por otro lado, tantas dudas tienen de la justicia empleada en su barbarie que tienen que respaldar a los brazos ejecutores de la misma?? O es el propio ejercito (de importancia vital en Israel) el que esta presionando para que el ultimo responsable no sea como siempre el que aprieta el gatillo sino el que ordena que se apriete??

Tampoco dice mucho a su favor que se este pensando desde el Gobierno israelí que pueden llegarles las acciones penales, triste justificacion de un ataque en plan: si, lo hemos hecho bien, era absolutamente necesario, pero las acciones judiciales nos vas a llover por todos los lados, no se por que sera... "Israel dará todo su apoyo a cualquier persona que haya actuado en nombre del Estado o enviada por él. Los comandantes y soldados que estuvieron en Gaza deben saber que están seguros frente a estos tribunales", con esta tranquilidad y con la de la eficacia de las resoluciones de los tribunales penales internacionales hasta la fecha, solo nos quedara quizá el consuelo de una condena, otra mas.

Domingueros y rosaditos saludos

JOSE MANUEL RIVERO EN LA PROVINCIA


Aqui les dejo tambien una entrevista publicada en el dia de hoy por el Diario La Provincia, y realizada a nuestro portavoz en la que se diseccionan las actuaciones y denuncias de nuestra asociacion en estos momentos.

PEDRO GUERRA - LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.
- ¿Justicia y Sociedad es un colectivo de juristas canarios que busca exactamente qué?
- Justicia y Sociedad tiene una historia de más de veinte años, desde 1987. Los miembros fundadores fueron abogados, y procuradores, e incluso magistrados y fiscales, y a lo largo de los años se han venido incorporando personas para formar una asociación que busca dar intervención y participación a la ciudadanía en la Administración de Justicia. Dentro de los objetivos y finalidades de la asociación está ejercer la acción popular en todos aquellos aspectos donde existe un interés público y una trascendencia social por las personas que están implicadas, bien sea cargos públicos o porque el bien público se considera afectado. Así lo ha hecho y lo hará Justicia y Sociedad cuando el caso lo requiera.

- ¿Se les puede considerar a ustedes los justicieros del pueblo?
- No. Justicia y Sociedad no tiene ánimo de ser justiciero, sino de participar, a través de los cauces constitucionales, en aquellos casos que tienen trascendencia e interés para la sociedad. El objetivo es que la ciudadanía, a través de estas personaciones, se sienta implicada en la persecución de unos delitos que afectan al juego democrático y al bien público por el que todos debemos luchar. Es una forma de que la ciudadanía controle la actuación de los poderes públicos para que se comporten y administren como es debido el servicio público. Se trata de que la ciudadanía, junto con el Ministerio Fiscal, pueda perseguir este tipo de delitos.

- ¿Se vive un momento delicado en Canarias por todos los temas de corrupción que se investigan?
- Muy delicado. Desde hace más de diez años se está produciendo en Canarias un verdadero saqueo a las arcas públicas, favorecido, muchas veces, por la gestión de las diferentes administraciones a través de las resoluciones que desde el ámbito administrativo se están adoptando. Desde el 'caso Icfem' hasta el más reciente 'caso del salmón', los asuntos de corrupción se han multiplicado de una forma verdaderamente espectacular y preocupante.

- Empecemos por el 'caso Icfem'.
- Subvenciones que se otorgaron con la finalidad de crear empleo desaparecieron por arte de magia. En Canarias hay más de doscientos mil parados, los salarios están por debajo de la media a nivel estatal y las pensiones también están por debajo de la media; sin embargo, cuando se produjeron partidas de dinero procedentes de la Unión Europea destinadas a la creación de empleo, lo que ocurre es que se utilizan y se gestionan esas subvenciones sin ningún tipo de control, de tal forma que el dinero se esfuma. En el año 97 la Intervención General de la Comunidad Autónoma hablaba de 4.200 millones de pesetas (más de 25 millones de euros) sin justificar. Se otorgaron subvenciones a empresas para destinarlas al empleo, pero al final no se sabe si se destinaron o no. Y a día de hoy, más de diez años después, eso está siendo objeto de una investigación para determinar si ha habido desvío de fondos públicos.

- ¿Y Tindaya?
- En Tindaya, desde el Gobierno de Canarias se hacen contratos y adjudicaciones, a través de sociedades controladas por el propio Gobierno, donde se blindan las cláusulas para favorecer a empresas privadas. Los célebres 1.960 millones de pesetas (unos doce millones de euros) se otorgaron para gastos de estudio e implantación cuando en realidad fueron destinados a financiar derechos adquiridos por empresas privadas. Fíjese que en este caso, sin ningún tipo de contraprestación de la empresa privada y sin ningún tipo de beneficio por parte de la sociedad, se entrega el dinero público. Como vulgarmente se ha venido diciendo en este caso, sin mover una piedra. Y ese saqueo a las arcas públicas en el 'caso Tindaya' se sigue produciendo a día de hoy. En los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2009 está recogido el pago del aval de los doce millones de euros otorgados mediante un crédito a la sociedad Proyecto Monumental Montaña de Tindaya (PMMT): 1.646.774 euros más otra partida de 338.880 euros. Y eso, para una empresa que no tiene empleados. Esto ocurre a día de hoy, año a año, y sin que la sociedad canaria haya recibido a cambio ningún tipo de contraprestación.

- ¿Considera 'Tebeto' otro ejemplo de saqueo a las arcas públicas?
- Por supuesto. De la misma forma que en Tindaya, es decir, sin contraprestación alguna para los ciudadanos, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC ha condenado al Gobierno de Canarias a indemnizar a una empresa privada en la cantidad de 92 millones de euros. Se le otorgaron concesiones a una entidad privada en un espacio que previamente había sido declarado de protección natural o protegido por los planes generales de ordenación territorial. A pesar de eso se ejecutan unas concesiones y por no poder explotarlas ahora condenan al Gobierno a indemnizar al empresario con 92 millones de euros. ¿Negligencia? ¿Mala gestión? Lo cierto es que ahora todos nosotros tenemos que pagar ese dinero.

- ¿Considera 'Las Teresitas' la madre de todos los casos de corrupción que se investigan?
- Es otro ejemplo de corrupción en el que se ha producido otro verdadero saqueo a las arcas públicas en beneficio de grandes y poderosos empresarios de Tenerife. Se ha pagado un sobreprecio de 37 millones de euros por unas parcelas que Inversiones Las Teresitas le vendió al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife cuando, posiblemente, esas parcelas ya fueran de titularidad pública. Y suma y sigue, porque hay nume- rosas causas penales abiertas por casos similares.

- ¿Qué opina de la política urbanística del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria en la época del Partido Popular?

- Bueno, eso también merece un detenimiento. Muchas de las resoluciones adoptadas por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria han sido tumbadas también por la Justicia, aunque en la vía contencioso administrativo. Por ejemplo, lo ocurrido con Evemarina en el solar de la calle Pavía o el tema del Canódromo, pueden ser incluso susceptibles de indemnizaciones que van a vaciar por completo las arcas públicas por la mala gestión que se llevó a cabo por parte de los gobiernos municipales del Partido Popular. Y todo ello se deriva de negocios con empresas privadas en los que el resultado final va a ser un desembolso de dinero sin contraprestación alguna.

- ¿Y dónde radica el problema de tanta corrupción?
- Hay una gestión política, básicamente desde hace una década y que ahora se refleja en la coalición que forman CC y PP, que ha provocado todo este caos de corrupción. Ya sea en el ámbito regional como en el municipal, podemos apuntar directamente a estos partidos políticos como los responsables.

- Se acusa a Justicia y Sociedad de ser un brazo armado del Partido Socialista. ¿Qué tiene que decir de ello?

- En Venezuela se utiliza el término 'palangrista' para definir estas cosas. 'Palangrista' es aquel que utiliza los medios de comunicación, porque les pagan para ello, con el fin de desprestigiar, difamar, menospreciar y despreciar a todos aquellos movimientos sociales que les pueden ser problemáticos. Todos aquellos movimientos sociales como el que supone Justicia y Sociedad, que intenta transformar el estado de cosas de la sociedad, se somete al ataque de los 'palangristas' que utilizan el poder en los medios de comunicación de turno para desprestigiar ante la opinión pública. Creo que con eso se contesta la pregunta.

- ¿Cómo cree que está actuando la Justicia en los casos de corrupción que se investigan en Canarias?
- La Justicia va muy lenta, sin medios, sin llegar al fondo y quedándose a medio camino en los casos de corrupción. Y luego tenemos casos en los que el poder político intenta atraer a la Justicia para crear un ambiente de influencia favorable a sus intereses. Estamos viendo cómo hay políticos que no tienen recato en guardar las formas, y me explico: Causa verdadera preocupación que se hagan constantemente, por parte de un Gobierno de Canarias muy cuestionado, encuentros con jueces en hoteles de cinco estrellas, incluso en hoteles que han sido declarados ilegales por la Justicia. No tienen el más mínimo recato para llevar a cabo reuniones de este tipo en las que se pierden todas las formas necesarias. Y el poder judicial no debe dar lugar a ser influenciable por parte del poder político mediante este tipo de invitaciones en hoteles de lujo. Además, durante este tipo de encuentros con los jueces, destacados miembros del Gobierno de Canarias como el señor José Miguel Ruano aprovechan para anticipar archivos de causas que están en estos momentos en fase de investigación.

- ¿'Caso del salmón', del que aún no hemos hablado? Expláyese.
- Una de las cuestiones básicas que llevó a Justicia y Sociedad a personarse como acusación popular no es el asunto del mero viaje del señor Soria en el jet privado del empresario, sino un hecho que para nosotros es trascendental: la aportación por parte del denunciante, el periodista Carlos Sosa, de un contrato de asesoramiento que vinculaba al diputado regional Manuel Fernández con el grupo Anfi del Mar. Y recordemos que esta empresa se vio beneficiada por el Parlamento de Canarias en la declaración de interés general del proyecto de Anfi Tauro, que le daba autorización para construir 1.600 camas turísticas. Y el diputado Manuel Fernández a su vez pertenecía a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente por la que tenía que pasar el proyecto de la empresa para la que trabajaba. Esa es la prueba de la penetración descarada del grupo empresarial en la Cámara regional. Y eso es muy grave, porque se mediatiza el Parlamento a través de vincular a sus parlamentarios con contratos privados.

- ¿Y el viaje del señor Soria en el jet privado del empresario Björg Lyng?
- Se trata de que un cargo público acepta una invitación siendo presidente del Cabildo de Gran Canaria del propietario de un grupo empresarial que tiene interés en que el Cabildo informe favorablemente a una excepcionalidad de la moratoria turística que le permita construir 3.600 camas hoteleras. Eso es aceptar una dádiva o regalo de una persona que previamente ha iniciado un expediente administrativo en el Cabildo. Y luego vemos al señor Soria votando favorablemente al proyecto en el Parlamento de Canarias. El delito de cohecho que se le imputa al señor Soria no hay que mirarlo de forma aislada, sino a través de un conjunto de hechos que se van sucediendo en el tiempo y que culminan con la votación en el Parlamento del proyecto de Anfi Tauro.

- ¿Considera acreditado que Soria mintió a la magistrada instructora?
- Todo imputado tiene derecho a mentir. Y entiendo que a través de una triquiñuela con la pregunta que se le formuló, lo que hizo Soria fue tomarle el pelo a la magistrada.

- ¿Cómo encajó Justicia y Sociedad que el TSJC le pidiera tres mil euros de fianza para poder personarse como acción popular?

- Fue una exigencia no ajustada a derecho. La jurisprudencia dice que cuando el fiscal inicia un procedimiento, no cabe la exigencia de fianza a la acción popular.

ENTREVISTA A JOSE MANUEL RIVERO. JUSTICIA Y SOCIEDAD

Me hago eco en el día de hoy de una entrevista realizada a nuestro compañero de la Asociación Justicia y Sociedad, José Manuel Rivero, referente a nuestra personación en el denominado "caso salmón" y a raíz de una serie de criticas, mas o menos constructivas (yo diría que menos) surgidas en los medios de comunicacion y que traen causa de dicha personación.

Resulta curioso como ante hechos objetivamente positivos, como el que exista una asociación que se implique de forma activa en la denuncia frente a presuntos casos de corrupción, existan criticas de este tipo, centradas en politizar por el simple color político del imputado en este caso.

Ante esto solamente comentar que somos una asociación sin animo de lucro, además de no estar subvencionada por ningún Gobierno, ni "mandada" por ningún partido político, que este hecho garantiza, y queremos que siga así, por otro lado, nuestra independencia a la hora de denunciar lo que creemos debe ser denunciado y que, pese a considerarnos plurales, nuestra evidente tendencia de izquierdas no puede devenir en una equivalencia con partido político alguno. Ahí están nuestros Estatutos y ahí esta la trayectoria profesional de nuestros socios, ambas cosas garantizan a mi juicio la independencia de la que hablo.

En cualquier caso, para quien tenga dudas, aquí les dejo la entrevista.

SB-Noticias.- José Manuel Rivero, abogado y destacado miembro de la Asociación Justicia y Sociedad, responde a las críticas lanzadas desde un medio de comunicación, concretamente por Francisco Chavanel, por su personación como acción popular en el caso Salmón, acusándola además de estar “vendida” al PSOE. Afirma Rivero que se trata de una reacción que no es aislada, sino que viene produciéndose de forma reiterada durante cierto tiempo y “contra todo aquello que signifique movimientos sociales de transformación, de políticas reivindicativas de reclamaciones, sobre todo contra el gobierno de CC, contra el inmovilismo, contra la corrupción...”

Según el prestigioso abogado, “hay quien les paga para que se diga eso”. En su opinión, estas críticas obedecen a determinados intereses políticos y económicos a los que no interesa movimientos como Justicia y Sociedad, que demandan mayor participación e intervención en la sociedad para cambiar muchas cosas y transformarlas desde un punto de vista progresista.

“[..] es soldado de quien les paga para defender determinados intereses políticos y económicos, que cuando se ponen en contradicción, cuando se pone a alguno de sus miembros que están en esos conciliábulos que pagan a Chavanel, arremete de esta forma”, explica José Manuel Rivero.

Para el mismo, “parece que con todo esto quiere – comenta refiriéndose a Chavanel - que esto se termine, que se archive y que salga el señor Soria de rositas. Claro, obedece a los pactos de su amo, Juan Francisco García, y los intereses políticos y económicos de NC y del PP, que son los que han hecho este cemento y este nuevo plan de la avaricia, como él lo denominaba en su momento – señala, refiriéndose al pacto en La Caja de Canarias-”.

Recuerda además el jurista que el derecho a la acción popular es un derecho constitucional, un ejercicio que puede realizar los particulares y las asociaciones cara a promover la participación de la ciudadanía en la administración de Justicia. “Nada hay más democrático que el incentivar y promover que los ciudadanos intervengan en esta anquilosada administración de Justicia, para por supuesto luchar contra la corrupción”, sentencia.

Observa, asimismo, que la Asociación Justicia y Sociedad de una u otra forma hace 20 años que se encuentra inmersa en esta lucha, fundamentalmente contra la corrupción. “Ahí están todos los temas en los que hasta hoy hemos estado participando y promoviendo la participación a través de la acción popular, de la ciudadanía en la administración de Justicia, sobre todo [...] para que sea más sencilla su comprensión y, comprendiéndola, que se ponga la ciudadanía también en conciencia y que se organice para poder cambiar las cosas que les parecen mal dentro de la administración”, dice Rivero.

Insiste José Manuel Rivero en señalar que el fin último es que la ciudadanía tenga pleno acceso a su participación en la Administración de Justicia. Afirma, además, que el citado periodista “incurre en una gran ignorancia”, pues en contra de lo que cree, cuando un procedimiento penal se encuentra iniciado, como en el caso Salmón, y existen unas diligencias penales en tramitación, si una organización, particular o asociación quiere personarse ejercitando la acción popular, ésta no requiere fianza de ningún tipo.

“Por eso no se nos exigió fianza para personarse en el caso de Las Teresitas – aclara el abogado- Y aquí como ustedes verán, se trata de poner muros, frenos, parapetos, sobre todo cuando se agarran a los argumentos económicos, para que la ciudadanía no acceda a la acción popular para el conocimiento e investigación y el esclarecimiento de presuntos casos de corrupción”.

“No interesa, por eso se nos critica. Ladran, luego cabalgamos. Nos tienen miedo, porque si no no arremeterían de esa forma contra nosotros. Más que estar indignados, lo que me alegra que se hagan estas cosas porque la verdad, la historia y las relaciones sociales y políticas ponen a cada uno en su sitio, y se desenmascaran a sí mismo”, comenta.

Concluye el abogado afirmando que “si los cambios de la Justicia los hacemos en función de los movimientos sociales y de la movilización ciudadana, por supuesto que otro gallo cantaría. Eso es lo que pretende Justicia y Sociedad: la participación del pueblo y de la ciudadanía en la administración de Justicia, en este caso a través de la acción popular, para alcanzar cotas de libertad, justicia e igualdad, y que la Justicia sea verdaderamente democrática, al alcance de todos, y que el dinero y los medios económicos no sean obstáculo para el acceso a la misma”.

Fuente: Revista Digital San Borondon.

PRESENTACION DE LA QUERELLA EN PRENSA

sábado, 6 de diciembre de 2008


Y aqui les dejo lo que publica sobre el tema, en el dia de hoy, el Periodico la Provincia, con foto incluida de nuestro Presiente, Joaquin Sagaseta, del Dierector del Procedimiento Jose Manuel Rivero, y de nuestra Procuradora, Maria del Carmen Quintero.

PEDRO GUERRA - LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. Justicia y Sociedad presentó ayer una querella en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias contra los máximos representantes del Partido Popular en Canarias, José Manuel Soria y Manuel Fernández, por el caso del salmón. Uno de los representantes del colectivo de juristas, José Manuel Rivero, manifestó al respecto que el vicepresidente del Gobierno de Canarias "utiliza la triquiñuela para tomarnos el pelo", después de comprobar mediante el vídeo oficial del Parlamento de Canarias la noticia adelantada el pasado jueves por LA PROVINCIA: que Soria no dijo la verdad ante la jueza que le mantiene imputado por cohecho.

Rivero explicó, tras presentar la querella en la que acusa de un presunto delito de cohecho a Soria y de negociaciones prohibidas a funcionario público a Fernández, que el número dos del Ejecutivo regional, "como imputado, tiene el derecho a guardar silencio, el derecho a mentir y el derecho a decir lo que quiera cuando declaró, y es insostenible que ahora diga que quiso decir otra cosa porque no se le preguntó. Cuando hay unas diligencias penales y cuando se declara como imputado, no se puede dejar lugar a dudas de ningún tipo", explicó Rivero, al que le acompañaban en la personación el también abogado Quino Sagaseta y la procuradora María del Carmen Quintero.

Justicia y Sociedad presentó la querella ejerciendo la acción popular en el procedimiento, y en ella hace una cronología del camino que siguió el expediente administrativo presentado por el empresario Björn Lyng (ya fallecido) en el Cabildo de Gran Canaria "con un gran número de anomalías".

"Lo expuesto hay que ponerlo en relación con el viaje realizado por el aquí querellado, señor Soria López, entre los días 22 y 28 de agosto de 2005, con el empresario noruego antes mencionado y utilizando el jet privado de éste", continúa la querella.

Además, el colectivo de juristas destaca la "relevante" actuación de Fernández, que trabajaba como asesor del Grupo Anfi del Mar, propiedad del ya fallecido Björn Lyng.

SIGUE NADANDO EL SALMON

Publican los medios, al menos los que he consultado por internet, la noticia de la querella presentada por la Asociación en la que me honra estar incluida, Justicia y Sociedad, contra el Vicepresidente del Gobierno de Canarias y otros (vamos a remitirnos a lo que dice la prensa pa no aburrir). El hecho es que es una querella estudiada desde hace mas de año y medio que, por diversos motivos estaba durmiendo el sueño de los justos para desanimo de los que componemos la asociación, y de quien suscribe en particular. Cuando estaba lista y preparada para ser presentada, nos salta el querellado con aquel famoso comentario de que "tengo facturas de todo de todo de todo" ante esto, con buen criterio por parte de los compañeros que dirigen el procedimiento, y teniendo en cuenta que lo que se interponía era una querella (no olvidemos el tema de las costas en el procedimiento penal), se iniciaron unas Diligencias Preliminares con resultado de una dilación no deseada que aun dura.

Pero como todo no puede ser inmunidad a toda costa para el querellado, nos encontramos con el inicio de las Diligencias por parte de la Fiscalía Anticorrupcion del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, lo que no puede por menos que causarnos una inmensa satisfacción, y aquí estamos. Querella presentada, que no denuncia o personacion por las buenas, y a intentar que se averigüe la existencia del delito y de sus presuntos responsables.

Solo he de añadir que los compañeros que dirigen el procedimiento ostentan una solvencia profesional y personal carente de toda duda, y que desde esta asociación se hará todo lo posible por intentar paliar de alguna manera, la situación de impunidad que desde hace demasiado tiempo venimos padeciendo en nuestras islas, mas propia en algunos casos de una república bananera que de una democracia con todas las de la Ley. Además, es curioso como coincide esta noticia con el día en que celebramos que nuestra Constitución es una treintañera, ya se le supone un poquito de madurez y, aunque con ganas de salir de fiesta y buscarse un marido o pareja estable, hecho que puede hacerla descentrarse un poquito, también es indudable que ha pasado de la zona de peligro que los veinte años suponen.

Del tema de los salmones y de lo que vendrá después tendremos que esperar acontecimientos, mirar las cosas con perspectiva y con cautela y nunca olvidarnos de donde estamos y las consecuencias que puede tener el sitio en el que nos encontramos, tanto física como moralmente, pero si es cierto que el deseo de muchos de los que apoyamos la iniciativa de la querella de nuestra asociación deseamos fervientemente que el barco llegue a buen puerto (o el avión privado, cada uno que se quede con lo que quiera)

Un cordial, animoso y rosadito saludo

SI ES QUE...

martes, 2 de diciembre de 2008


Pues si, pues si, dandome cuenta yo en este momento que un cumulo de trabajo ingente me habia impedido tomarme un respirito para poner un poco de alegria a las burradas nuestras de cada dia. Y que mejor momento que hoy!! Acabo de leer el titular de un articulo en Canarias Ahora (no lei el articulo entero porque el ataque de risa aun me dura y me impide ver las letras con claridad), en que se se anunciaba como una "miembra" del Consejo General del Poder Judicial señalaba sin sonrojo propio pero si de terceros, que la Justicia en España estaba "normalizada".

Amos a ver querida señora (Señoria Ilustrisima que creo que es ese el tratamiento), de que Justicia y de que España habla usted?? Y lo que es mas importante: Canarias sigue estando en España?? porque a raiz de estos datos creo que la delimitacion del territorio patrio tiene que haber variado, si o si. Finalmente nos encontraremos en que nos diran que no, que lo que pasa en Canarias no cuenta porque como estamos mas cerca del continente Africano que del Europeo...pos eso, no sea que se le vayan a estropear las estadisticas a nadie.

Ejemplo; para un unico Juzgado de lo Mercantil en Las Palmas de Gran Canaria, con un unico Juez, un unico Secretario Judicial y una media de 15 funcionarios (creo que son menos, ne corregiran si me equivoco) tenemos una entrada de TRES MIL ASUNTOS, solo este año, a los que hay que añadir los que ya estaban de antes.

Sigo sin entender dos conceptos: de que pais hablaba Su Señoria, y que cree ella que significa "normalizado".

Un cordial, cabreado y rosadito saludo.

SE MODIFICA EL REGLAMENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE TRAFICO Y SEGURIDAD VIAL

sábado, 29 de noviembre de 2008

Publica esta noticia el Diario Publico, en el dia de ayer. Ahora se modifica el Reglamento sancionador en materia de trafico y seguridad vial, que hasta la fecha resultaba en muchos aspectos, lamentable. Pero la duda que nos queda es si este cuyo anteproyecto se ha aprobado sera mejor que el anterior, y asi a bote pronto, estoy apreciando una seria disminucion de garantias para el administrado que no me estan gustando demasiado.

Ya en su momento comente, en relacion con la centralizacion del organo encargado de emitir las denuncias de trafico (las apreciadas por exceso de velocidad en los radares que existen en toda España) el automatismo de este sistema previa evidente vulneracion de los mas basicos principios de procedimiento sancionador, como es el de presuncion de inocencia (ahora no existe, hemos pasado de la presuncion de veracidad de las manifestaciones de los Agentes, a la presuncion de veracidad erga omnes de una maquinita). Pues entiendo que esta nueva vuelta de tuerca del sistema, utilizando para ello palabras como "agilizacion del sistema" o "garantias", y poniendo el acento en la proporcionalidad de las sanciones, no hace mas que agravar el asunto en contra de los derechos del particular, y evidenciando un animo recaudatorio que escapa a cualquier actuacion administrativa en esta materia.

Sobre la proporcionalidad, solo una valoracion: Es un principio fundamental del procedimiento, y no tendria que hacerse incapie en la misma si realmente la administracion hubiese aplicado este principio en toda su actuacion sancionadora, como era su obligacion. En lugar de eso nos hemos encontrado en muchas (demasiadas) ocasiones, con quiebras de este basico principio imponiendo la sancion mas alta de las posibles sin siquiera motivar por que se hace. Ante esto el ciudadano no podia sino pagar la sancion impuesta y, despues, recurrirla (no olvidemos tampoco la ejecutividad directa de las sanciones administrativas, donde quien mas quien menos se ha encontrado con embargos en sus cuentas corrientes aun estando en fase de recurso el procedimiento).

Pero bueno, es solo un anteproyecto. A ver que sale de todo esto y si finalmente mejoran la reforma legislativa o, lo que es mas probable que ocurra, que la empeoren y tengamos que protestar un poco mas.

Aqui les dejo la noticia.


El Gobierno ha aprobado hoy el anteproyecto de ley para la reforma del procedimiento sancionador en materia de seguridad vial, que contempla una única notificación, en lugar de tres, y "premia" el "pronto pago" de los infractores con un descuento del 40% del importe de las multas.

Estas son algunas de las novedades que incorpora la reforma del procedimiento sancionador, que el Consejo de Ministros remitirá a las Cortes, según ha explicado la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, quien además ha subrayado el hecho de que las cuantías de las multas vayan a ser "proporcionadas al peligro potencial creado por el conductor".

Así, se fijan las cuantías de las multas en 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves, pero éstas podrán incrementarse hasta en un 30% atendiendo al "peligro potencial creado".

Además, se fija la cuantía de la sanción por exceso de velocidad en función del número concreto de kilómetros que se exceda sobre la velocidad máxima permitida.

El cuadro de las sanciones se revisa e incluso se eliminan algunas de las actuales, como la suspensión del permiso de conducción para las graves; sólo se podrá suspender en las muy graves y en dos meses (actualmente es entre uno y tres meses).

Por contra, se incluyen otras, como la suspensión del permiso si no se identifica al conductor del vehículo con el que se ha cometido una infracción, o la prohibición para los extranjeros no residentes en España que cometan infracciones de utilizar el vehículo durante un mes, además de anotar la pérdida de puntos.

Los infractores tendrán la posibilidad de concluir el procedimiento sancionador en 15 días, mediante el pago voluntario de la sanción con una reducción de un 40% de la multa (ahora es de un 30) y, además, la reducción en ese porcentaje del tiempo de suspensión del permiso.

En los supuestos en los que el infractor ni pague ni haga alegaciones o proponga pruebas, el procedimiento se dará por concluido en un mes y la sanción será firme y ejecutiva.

También se revisa el sistema de responsabilidades cuando la infracción se haya detectado a través de un radar sin que se haya detenido al vehículo, lo que obliga a identificar al conductor para iniciar el procedimiento.

En estos momentos, la identificación del infractor es responsabilidad del titular del vehículo, pero cuando se apruebe la reforma se trasladará esa responsabilidad a la persona que se designe como conductor habitual del mismo, al considerar que está en mejores condiciones para conocer quien conducía.

La reforma también abrevia los trámites de las notificaciones y lo hace utilizando también de los medios electrónicos.

La Dirección General de Tráfico (DGT) asignará obligatoriamente a las empresas o sociedades que sean titulares de un vehículo una dirección de correo electrónico (Dirección Electrónica Vial -DEV-) donde se les notificarán las infracciones.

También podrán recibir las notificaciones por vía telemática los particulares que lo soliciten.

Además, se creará un Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico en formato digital, en donde se publicarán las notificaciones que no puedan hacerse en la DEV o en el domicilio, y que va a sustituir a la obligada publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, del Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma o de la Provincia.

El coste estimado de la puesta en marcha de esta ley asciende a 6.000 euros, según el Gobierno, que asegura que van a ser financiados con cargo a los presupuestos ordinarios de la DGT.

Con este procedimiento se van a cobrar prácticamente el cien por cien de las multas (en algunos ámbitos el 40% de las multas queda sin cobrar), según el Ministerio del Interior, quien destaca además el ahorro en servicios postales con el uso de medios telemáticos.

Interior considera que el actual procedimiento sancionador es excesivamente largo y que el sistema de notificaciones es poco operativo, y por ello ha considerado necesario reducir el tiempo que transcurre desde que se comete la infracción hasta que se impone la sanción, mediante un procedimiento más ágil.

Fuente. Diario Publico. es

ACTUALIDAD

viernes, 28 de noviembre de 2008

Me lo han pedido, en serio. Me han dicho expresamente que falta en mi blog la mencion expresa a varios temas juridicos que se suponen de "actualidad".
De una parte la confirmacion de la Audiencia Nacional de la falta de competencia para el enjuiciamiento de los crimenes del franquismo. Previamente el mismo Garzon habia reconocido su propia incompetencia (mira que suena mal asi expresado), que mas hay que decir?? Como se valora juridicamente la decepcion de las familias de las victimas esperanzadas por este movimiento judicial.... Y creanme cuando les digo que el Auto incial de Garzon me habia parecido, cuanto menos una creacion judicial interesante. Estaba fundamentado, no vayan a pensar.
Por otro lado tenemos la declaracion en calidad de imputado del Vicepresidente del Gobierno de Canarias imputado en no se cuantas cosas. Curioso de este hecho que dijese sin ponerse colorado que en el avion iba durmiendo y por eso no se pudo hablar del presunto favor que le hizo al mismo que le llevaba de viaje. Curioso.
Por ultimo, la decision judicial sobre los simbolos catolicos en las escuelas: Que quieren que les diga?? que se aplican con esto las normas del ordenamiento juridico?? y eso tiene que sorprendernos?? pues si, para que nos vamos a engañar. En este pais aun hay cosas que ni los Juzgados tocan (o tocaban como se ve)
Pues no, no voy a hacer mas comentario. Siempre me ha parecido que los temas juridicos son interesantes o no, con independencia de las modas o las actualidades. Ademas, parece que ha hablado ya demasiada gente dado demasiados puntos de vista sobre estas cuestiones y nada mas puedo aportar salvo el hecho de dejar constancia aqui de que acepto "sugerencias del publico".
No se me malinterprete, evidentemente (no lo escondo), soy de las que se ha quedado a medias con el tema de la Audiencia Nacional, por ejemplo. De hecho tengo valoraciones que pueden exceder hasta de lo que se considera radicalismo en este tema. Mas aun con la previa declaracion de incompetencia de Garzon sin haber conocido aun la resolucion del Pleno de la Sala. No nos vamos a engañar, en este pais no puede prejuzgarse, pero eso es lo que parece ha pasado.
Tampoco puedo negar mi satisfaccion por las resoluciones judiciales (me comentan que hay dos) relativas a las imagenes catolicas en las aulas. Ya bastante hemos tenido nosotros con tener que ir a clase con la imagen en lugar bien visible de un señor asesinado, sangrante, doliente y sufriente. Es bueno que las nuevas generaciones crezcan sin ese lastre inducido, ya que si quieren aceptarlo por propia conviccion tambien hay libertad de culto en este pais.
Por ultimo, esperemos a ver en que queda el tema de la pesca, y si no se lo va a acabar cargando algun pobre pescador de la puntilla, donde por otro lado nunca se ha visto un salmon.
Pero todas estas impresiones no son juridicas, son valoraciones personales y como tales no puedo abstraerlas de ese campo para trasladarlas a la objetividad del derecho.
Asi que ya esta dicho. No tengo nada mas que añadir, pero lo que si es cierto es que la actualidad no es lo mio.
Besos rosaditos

EL CGPJ ESTUDIA COMO RETIRAR A LOS JUECES QUE TIENEN MERMADAS SUS CAPACIDADES

jueves, 13 de noviembre de 2008

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado abrir una "amplia reflexión" y un estudio sobre posibles incapacidades o jubilaciones forzosas de jueces que por circunstancias médicas podrían tener mermada su capacidad, lo que les limitaría para desempeñar sus funciones.

Así lo ha indicado en rueda de prensa la portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, a raíz de la decisión del pleno de suspender de funciones durante cinco meses a la magistrada titular del juzgado número 2 de Gijón, Rosario Fernández Hevia, por retrasos reiterados en la resolución de procesos.

El pleno, según Bravo, ha acordado por unanimidad dicha sanción por una falta muy grave de retraso reiterado, así como imponer a la juez una multa de 400 euros por una falta grave de desatención a los requerimientos de informe efectuados por el órgano de gobierno de los jueces.

"Consideramos que es de suma importancia dada la gran relevancia que tiene el ejercicio de la función jurisdiccional"

El 20 de junio de 2007, el Consejo acordó abrir expediente disciplinario a esta magistrada, que acumula 148 casos pendientes de sentencia y que en 2001 fue separada del cargo de juez decana de Gijón por sus críticas a la pasividad del Ministerio Fiscal en los casos de malos tratos a mujeres.

Bravo ha explicado que para la determinación de la sanción a Fernández Hevia han tenido en cuenta "las especiales circunstancias médicas que afectan a esta persona".

Además, ha indicado que el pleno ha entendido que estas circunsancias "han podido aminorar la responsabilidad en los retrasos y en su actuación".

Todo ello, según ha dicho, les ha llevado a abrir una reflexión en materia de posibles incapacidades o jubilaciones forzosas.

"Somos conscientes de que hay determinados supuestos que nos podemos encontrar de personas que pueden estar afectadas con determinadas enfermedades y que sufren una merma importante en su capacidad, tanto volitiva como intelectual, y que en consecuencia seguramente ello les limitaría para el desempeño de sus funciones jurisdiccionaes", ha añadido.

La portavoz del Consejo ha indicado que el pleno ha acordado abrir un estudio de "aquellas situaciones en las que podrían verse afectados los titulares de los órganos jurisdiccionales, puesto que consideramos que es de suma importancia dada la gran relevancia que tiene el ejercicio de la función jurisdiccional".

El juez Calamita

Por otra parte, el pleno del CGPJ ha acordado por unanimidad confirmar la suspensión provisional del juez de Murcia Fernando Ferrín Calamita.

La suspensión de empleo y sueldo fue acordada por el Consejo el pasado mes de febrero después de que el Tribunal Superior de Justicia de Murcia admitiera la querella presentada contra él, por retrasos, por una mujer que hacía casi dos años había iniciado un expediente para adoptar a la hija de su esposa.

Ferrín Calamita, quien a partir del próximo 24 de noviembre será juzgado a raíz de este caso por un presunto delito de prevaricción, reclamó al CGPJ que dejara sin efecto tal medida porque, según alegó, él y su familia, compuesta por nueve personas, no pueden subsistir.