TEMAS JURIDICOS Y MÁS

viernes, 11 de julio de 2008

Esto es lo que da tanta "sociedad de la informacion" o desinformacion, segun y depende de a quien le preguntes y quien te responda.


Unido estrechamente al tema de fin del año judicial, y que nosotras, señoras letradas, llevamos muchos meses sentadas en el sillon del despacho....aqui les dejo esta perla de Maitena, para la Operacion Bikini.

EUTANASIA ACTIVA. ADHESION AL MANIFIESTO

El mismo articulo del Código Penal que ya expuso en su momento cuando trataba el tema de la inducción al suicidio en las paginas de Internet pro anorexia, es el que recoge la tipificación de la que se denomina “Eutanasia Activa”, y no es sino una forma de cooperación a la intención firme y razonada de un tercero, en determinadas circunstancias de padecimiento, de acabar con su vida, como derecho fundamental de la persona.

Así, dispone el Articulo 143.4.- del CP: “El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro, por la petición expresa, seria e inequívoca de este, en el caso de que la victima sufriera una enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes o difíciles de soportar, será castigado con la pena inferior en uno o dos grados a las señaladas en los números 2 y 3 de este articulo”

Véase que se trata la penalización de la conducta pese a que el propio precepto habla de “petición expresa, seria e inequívoca” o de “enfermedad grave que conduciría necesariamente a su muerte” expresiones estas de una contundencia tal que convierten en un contrasentido la penalidad de la conducta pedida, querida, deseada y hasta necesitada por parte del sujeto pasivo. Aun así nuestra legislación penal, desconozco en base a que consideraciones puesto que tipifica una conducta básicamente justificada en el propio tenor literal del precepto que la condena, aun atenuada, nuestra legislación penal, digo, continua metida en el empecinamiento de otorgar superior relevancia penal a una acción que debería haber desaparecido del ordenamiento sustantivo.
Hago esta introducción jurídica para comentar mi apoyo y adhesión al manifiesto publicado en el dia de hoy por el Diario El País y cuyo autor es el Doctor Luis Montes, ex – Jefe del servicio de urgencias del Hospital Severo Ochoa de Madrid. Adhesión que realizo por mi condición de Jurista, pero sobre todo, por mi condición de ser humano.

DECLARACION DE SANTANDER

Los abajo firmantes, reunidos en el marco del curso de verano organizado por la UIMP y titulado "Muerte digna: asistencia ante la muerte", declaran que:

1. Ha llegado el momento para debatir en la sociedad española, diferentes cuestiones relacionadas con el final de la vida, como el suicidio asistido y la eutanasia.

2. Es absolutamente necesario desmitificar la realidad de la muerte, tanto en la sociedad en general como en el ámbito sanitario y hacer pedagogía positiva de lamisma.

3. La adjetivación de "nazismo" o de "homicidio eutanásico" son falsas insultantes y están fuera de la realidad, de los planteamientos eutanásicos manejados en la actualidad, tanto desde el punto de vista filosófico, medico, científico, teológico, jurídico y otros.

4. El ser humano, aun en medio de su vulnerabilidad, y en tanto que persona, disfruta del derecho a la autodeterminación, libertad, dignidad y otros, que le permiten disponer de su vida, lo que le permitiría afrontar la muerte a la luz de su decisión personal

5. Es recomendable establecer y registrar dicha expresión de su voluntad en un documento de instrucciones previas, testamento vital u otros, así como de manera verbal, lo que evitaría conflictos (como la obstinación terapéutica) que no contribuyen a mantener una calidad de vida y de muerte.

6. El suicidio asistido, y la eutanasia van más allá de los cuidados paliativos, aun cuando estos estuvieran bien implantados en todo ámbito de la sanidad pública estatal. Los cuidados paliativos no resuelven todos los problemas relacionados con el dolor y el sufrimiento físico, psíquico y existencial

7. Aunque la constitución y la legislación vigente deben seguir garantizando el derecho a la vida, también deberían garantizar el derecho a una muerte digna. El legislador, ha de reconocer que la regulación actual del código penal en su artículo 143.4, es insuficiente para garantizar este derecho, por lo que habría que encaminarse claramente hacia la despenalización del suicidio asistido y la eutanasia.

8. Los profesionales de la sanidad que acepten las prácticas eutanásicas y/o de ayuda médica al suicidio, han de realizarlas bajo determinados criterios y deben estar legalmente protegidos. Una buena regulación y una buena praxis, evitarían practicas clandestinas, así como caer por "la pendiente resbaladiza"

9. Estas prácticas no se imponen a la totalidad de los ciudadanos, si no que pertenecen al ámbito de la libertad de elección personal de aquellos que quieran disfrutar de este derecho.

Por lo tanto, y a la luz de todo ello, reclamamos que se reconozca todo lo anterior. Que los partidos políticos promuevan este debate de una forma seria, responsable y sosegada, creando una comisión en el congreso de los diputados que definitivamente estudie estos temas.
Asimismo, hacemos una llamada a que la sociedad civil se implique en este debate y a la que le concierne muy directamente. De la misma forma, solicitamos que participen en el mismo, filósofos, profesionales asistenciales, juristas, teólogos, personalidades de la cultura, científicos, investigadores y medios de comunicación.
Por último, animamos a las diferentes personas, instituciones, medios u otros a adherirse al presente comunicado.

"Todo tiene su tiempo… tiempo para nacer, tiempo para morir…"

Firmado:
Dr. Luis Montes Mieza
Dr. Miguel Casares Fernández.Alves
Director del Curso
Secretario del Curso


CONDENADOS POR LA AUDIENCIA NACIONAL LOS DOS INDEPENDENTISTAS CATALANES QUE QUEMARON FOTOS DE LOS REYES

La Audiencia Nacional condenó ayer a los dos independentistas catalanes que quemaron fotografías de los Reyes en Gerona en septiembre de 2007, a quince meses de prisión sustituibles por el pago de sendas multas de 2.700 euros por la comisión de un delito de injurias contra la Corona.

La resolución judicial, hecha pública hoy, establece que "la Constitución española reconoce el derecho a la libertad de expresión y a la participación política incluso de quienes son contrarios al sistema constitucional", aunque "cuestión distinta es cuando en abuso del ejercicio del derecho se pretende menoscabar la dignidad de otro, en este caso, la Institución de la Corona".

Fueron juzgados ese mes por el juez central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, aunque el Pleno de la Sala de lo Penal ordenó repetir la vista con otro magistrado porque éste no permitió a los acusados a expresarse en catalán, con lo que "vulneró su derecho a la última palabra".

La sentencia, considera probado que los dos jóvenes participaron en la concentración antimonárquica que se celebró el 13 de septiembre de 2007 en la Plaza del Vino de Gerona y que, tapándose el rostro para no ser identificados, colocaron una fotografía de gran tamaño de los Reyes de España. Entonces, Stern procedió a rociarla con líquido inflamable y Roura le prendió fuego con una antorcha mientras eran jaleados por otros manifestantes.

Durante el juicio, los dos acusados admitieron los hechos aunque los justificaron en el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión. Roura, que portaba una camiseta reivindicativa en favor de la liberación de un independentista condenado recientemente por ultrajar la bandera española, afirmó que la quema de las fotografías "fue una manera completamente legítima de mostrar el rechazo a la Corona".

El juez justifica la condena argumentando que, en contra de los argumentos esgrimidos por la defensa de los dos independentistas, el derecho a la libertad de expresión no ampara este tipo de actuaciones. "Es obvio que para manifestar el rechazo a la monarquía no es necesario vilipendiar a SS.MM. los Reyes, quemando su fotografía, tras haberla quemado deliberadamente boca abajo", señala.

En este sentido, apunta que mientras los acusados "se manifiestan pacíficamente y sin armas coreando gritos antimonárquicos y portando pancartas con expresiones en el mismo sentido, se les respeta el ejercicio del derecho a la libertad de expresión sin la mínima injerencia del poder público".

La persecución penal, añade, sólo se produce ante "hechos delictivos" de los que los acusados eran "plenamente conscientes", como demuestra, a su juicio, el hecho de que actuaran encapuchados. Según el juez, Roura y Stern acudieron a la concentración "con la intención evidente de menospreciar la figura de Sus Majestades en el transcurso de una manifestación en la que se tildaba a la dinastía borbónica como fuerza ocupante de la comunidad autónoma catalana".

La sentencia también destaca la "especial protección" con que cuenta la Corona en el ordenamiento jurídico, al formar parte de los "símbolos del Estado Democrático que la Constitución consagra". Según la resolución, "la persona del Rey encarna la institución de la Corona como representación y como símbolo de todos los poderes públicos españoles, estatales, autonómicos y municipales, y por ello, se le otorga como a otros símbolos e instituciones constitucionales una especial y expresa protección penal".

EL BLOG DE ADRI

No se como se me ha podido pasar. Puede ser imperdonable y lo cargare en mi conciencia hasta que el alcohol que pienso tomar este verano me haga olvidarlo.

Mi adorado Adri tiene blog. Se llama ecowash.soy y pueden conectarse directamente desde la lista de enlaces que aparece a la derecha de la pantalla, o si lo prefieren en,

www.ecowash.soy.es

El contenido del blog esta directamente relacionado con lo que es su empresa, ECOWASH, y contiene diversos temas relacionados con la misma.

Para el que no sepa de lo que trata la empresa, ECOWASH es servicio pionero de limpieza de vehículos sin agua en España. Tiene un sistema de franquicias con mas de una treintena solo en el territorio nacional y es una idea de negocio ecológica, innovadora y llena de posibilidades.

Ya colgué en un post anterior que me parecía la unión perfecta entre libertad de empresa y protección medioambiental y aquí lo ratifico. Por lo que respecta al blog, solo espero y deseo de corazón que tenga una vida larga, fructífera y llena de éxitos, así como se lo deseo personalmente a Adri, Javier y su empresa.

Dada como soy al sentimentalismo extremo, no puedo por menos que sentirme inmensamente orgullosa de la empresa y de lo que representa para mas INRI porque conozco de primera mano lo que ha costado llegar hasta donde han llegado. Por eso y por muchas cosas mas encuentro absolutamente recomendable que visiten el blog de Adri.

Un saludo rosadito



FIN DEL AÑO JUDICIAL

Pues si compañeros, nos encontramos en la recta final de la carrera anual "a ver quien no llega a Agosto por el estress". En estas idílicas fechas en que estamos pensando mas en el bikini, el bronceador y las fiestas veraniegas, se nos plantea el difícil reto de terminar con buen pie lo que algunos empezamos allá por Septiembre con resultados desiguales.

Despachos llenos de papeles, clientes de los nervios para dejar presentado "su asunto" antes de Agosto; funcionarios que nos invaden de notificaciones; compañeros que no dejan de presentar escritos; jueces con resoluciones variopintas que nos las dictan ahora para alegrarnos el verano....Este es el pan de cada día en este mes que a mi personalmente cada año que pasa se me hace mas cuesta arriba.

El consuelo de que llega Agosto es directamente proporcional a lo que esta tardando en llegar el jodío, porque cada vez que pensamos que esta llegando no podemos dejar de mirar a nuestro alrededor, ver todo lo que todavía tenemos que hacer y rezar para que, por una de esas confluencias cómicas, un año de estos, consigamos haciendo todos frente común, que los días en Julio sean de 20 horas y no de 24. Así terminaria antes.

Animo gente!! ya solo nos quedan 20 días de tortura (a mi en concreto y sin intentar dar envidia a nadie en particular), 20 días para la recta final, para dejar a un lado la toga, el disfraz de abogado, el maletín (menos para alguien que yo me se que lo esta estrenando) y los juzgados, y cambiar todo eso por la toalla, el bronceador, las cañitas y las fiestas de pueblo.

Un rosadito beso a todos.