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ABSOLUCION POR EL TS DE UN PRESUNTO VIOLADOR PESE A LAS LESIONES DE LA VICTIMA

domingo, 29 de junio de 2008

(EP).-El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución dictada por la Audiencia de Guipúzcoa en 2007 contra un joven que fue acusado por una mujer de haberle agredido sexualmente en el interior de un coche llegando a provocarle numerosas lesiones, al entender que estas fueron fruto del "juego amoroso". El alto tribunal expresa en su sentencia sus dudas acerca de si aquel encuentro fue realmente forzado o consentido, por lo que desestima los recursos presentados por la Fiscalía y el Ayuntamiento de Irún.

Para el Tribunal Supremo hay "base para entender que en principio las relaciones que ambos mantuvieron eran consentidas, sin perjuicio de que la evolución posterior del juego amoroso no fuera la esperada por la mujer". Así, la sentencia afirma que, "aunque la versión de las partes acusadoras tuviera el 80 o 90 por ciento de posibilidades de ser cierta, el resto del porcentaje de incerteza o inseguridad, es suficiente para justificar la sentencia absolutoria".

A partir de ahí, el Tribunal Supremo explica sus dudas acerca de los testimonios ofrecidos por la demandante, una mujer de origen canadiense sobre la que la sentencia --de la que ha sido ponente el magistrado José Ramón Soriano Soriano-- destaca la "gran cantidad de contradicciones" de su versión.

Según el relato de hechos, el acusado Khalid W. coincidió con Quim B. en la estación de RENFE de Irún en la que él trabajaba. Ella buscaba una pensión para pasar la noche en la localidad guipuzcoana y el joven le prestó dinero y ayuda para encontrar un hostal en el que dormir y después pasaron buena parte del día juntos. Al acabar de cenar en un restaurante, acudieron con el coche de Khalid hasta los alrededores de un cementerio.

Permanecieron en el interior del vehículo durante varias horas llegando a mantener un encuentro sexual, indica la sentencia. Antes habían protagonizado un forcejeo en torno a un sacacorchos que el acusado quería utilizar para abrir una botella de vino que habían comprado por la tarde.

Eran las cinco de la madrugada cuando regresaron al hostal. A su llegada la joven se encerró en el baño y en varias ocasiones su acompañante se acercó a la puerta para preguntarle si se encontraba bien. Ante la negativa de Quim B. de salir del urinario, el acusado se ofreció a traerle sus cosas y cuando volvió minutos después, fue arrestado por agentes de policía que habían sido avisados por la demandante, quien fue trasladada al Hospital de Bidasoa donde se le detectaron un total de 30 lesiones que iban desde tumefacciones de labios a diversas contusiones.

Estos hechos no fueron constitutivos de delito según la sentencia dictada el 27 de julio de 2007 por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, que absolvió al acusado. Pero esta resolución fue recurrida en casación ante el Tribunal Supremo por el Ministerio Fiscal y el Ayuntamiento de Irún.

Sin embargo ahora, el alto tribunal se ve incapacitado para modificar el dictamen de la sentencia de instancia debido a las dudas que genera la causa. En la sentencia se citan incluso momentos concretos del relato de hechos como la fase en la que demandante y demandado se encontraban en el auto.

"En efecto, es la presunta ofendida la que tomó, desde que conoció al acusado, la iniciativa solicitando ayuda de aquel, en una y otra ocasión, a lo que el procesado accedió, facilitándole un lugar para dormir, e incluso al faltarle dinero a la mujer él lo suplió con el suyo", explica.

"Los golpes o puñetazos recibidos según la presunta ofendida y el lugar a donde se dirigieron entran en absoluta contradicción con el dictamen pericial", insiste la sentencia, que añade que estas lesiones "no pudieron producirse como explicaba la víctima" ya que "no son agresiones sino fuertes presiones sobre el cuerpo de la mujer".

Por último, el TS concluye que "tampoco se explica cómo si la presunta ofendida salió del coche pidiendo auxilio no recurriera a la pareja que se encontraba en el lugar en un coche próximo". "Tampoco tiene una explicación razonable que cuando se iniciaron las relaciones sexuales y él "paró" durante un intervalo de media hora a dos horas, ella estuvo en tres posiciones (debajo del supuesto agresor, encima y al lado del mismo) ello a pesar de estar aquél profundamente dormido y a pesar de ello no trata de huir, ya que no se hallaba en un lugar solitario", señala.


1 comentarios:

Anónimo dijo...

Dejo los comentarios para quien pueda hacerlos.